-
Primer Cuatrimestre
Más detalle- Matemáticas I
- Química I
- Ética I
- Metodología de Investigación
- Taller de Lectura y Redacción I
- Inglés I
- Informática I
- Actividades Paraescolares
-
Segundo Cuatrimestre
Más detalle- Matemáticas II
- Química II
- Ética II
- Introducción a las ciencias sociales
- Taller de Lectura y redacción II
- Ingles II
- Informática II
- Actividades Paraescolares
-
Tercer Cuatrimestre
Más detalle- Matemáticas III
- Biología I
- Física I
- Historia de México
- Literatura I
- Inglés III
- Principios Básicos de la interpretación y la traducción
- Fonética y fonología del Inglés
- Actividades Paraescolares
-
Cuarto Cuatrimestre
Más detalle- Matemáticas IV
- Biología II
- Física II
- Historia de México II
- Literatura I
- Inglés IV
- Introducción a la gramática del idioma inglés
- Elementos de la interpretación y la traducción
-
Quinto Cuatrimestre
Más detalle- Geografía
- Estructura Socioeconómica de México
- Matemáticas Financieras I
- Derecho I
- Administración I
- Economía I
- Aplicación de la gramática inglesa y fonológica
- Estrategias de lectura aplicadas a la interpretación y la traducción.
- Actividades Paraescolares
-
Sexto Cuatrimestre
Más detalle- Filosofía
- Ecología y Medio Ambiente
- Historia Universal Contemporánea
- Matemáticas financieras II
- Derecho II
- Administración II
- Economía II
- Producción De Textos
- Producción Oral
- Actividades Paraescolares
RVOE Número 20130000023 de fecha 29 de abril de 2013
Reglamento General de Alumnos Bachillerato Tecnológico 2020-2021
BACHILLERATO TECNOLÓGICO LUMEN GENTIUM
CCT09PCT0277Q
bachilleratotecnologico.uclg@gmail.com
REGLAMENTO
1. INTRODUCCIÓN
El presente reglamento regula la admisión, la permanencia y el egreso de los alumnos del BACHILLERATO TECNOLÓGICO LUMEN GENTIUM, con disposiciones de observancia general y por lo tanto obligatorias.
2. NATURALEZA Y MISIÓN INSTITUCIONAL
La Universidad Católica Lumen Gentium es una institución educativa de carácter civil privado, especializada en educación básica, media superior y superior que desempeña sus funciones académicas imbuida del espíritu humanista-católico, el cual tiene como centro a la persona en todas sus dimensiones y en su apertura a toda la realidad, con el fin de lograr una excelente formación integral en toda la comunidad educativa. Asimismo, colabora intensamente en el desarrollo sociocultural del país, manteniéndose además en diálogo con la cultura mundial.
La Universidad Católica Lumen Gentium nace con la finalidad de contribuir en la promoción de los valores humanos y trascendentales en los procesos de enseñanza y aprendizaje en nuestro país, así como en el ejercicio de la investigación científica en cualquiera de sus campos. Se trata de una propuesta integradora de la persona, vinculada con su identidad, su sentido de vida, su entorno social y su proyección trascendental. Finalmente, la misión de la Universidad Católica Lumen Gentium es la de garantizar, de forma institucional, una presencia del pensamiento cristiano en el ámbito educativo, frente a los problemas de la sociedad y de la cultura (Juan Pablo II, Ex CordeEcclesiae 13).
- IDEARIO
- La Universidad Católica Lumen Gentium entiende que el ser humano es un ser distinguido en la naturaleza por sus capacidades físicas, racionales y espirituales. Por lo tanto, la formación que ofrece la Universidad deberá ser integral. El ideal que persigue es el de formar personas capaces de tener un juicio crítico propositivo, comprometidos con su entorno, fomentando un crecimiento notable en las habilidades intelectuales, emocionales, estéticas, deportivas, y en la dimensión espiritual.
- La actividad educativa de la Universidad Católica Lumen Gentium propone que las capacidades intelectuales del ser humano se abran a la búsqueda de la verdad plena y del sentido de su existencia en el ejercicio auténtico de la libertad. Esta búsqueda descubre en el ser humano el deseo ineludible de trascendencia y plenitud.
- Partiendo del hecho de que la persona es fundamentalmente relacional, la Universidad, como comunidad educativa y académica, busca promover el crecimiento de las habilidades de relación interpersonal de sus alumnos y docentes, de modo que sean capaces de interactuar constructivamente con los demás. El ideario educativo enfatiza la capacidad de diálogo y la habilidad para argumentar con los otros en un clima de apertura, de participación, de igualdad, de tolerancia y respeto, con base a la fuerza de la verdad ya la búsqueda del bien de los demás. Los miembros de esta comunidad universitaria buscarán integrar sus capacidades intelectuales, emocionales, sociales, espirituales y físicas al progreso de una sociedad más justa, basada en principios éticos sólidos.
- La formación que se imparte en la Universidad Católica Lumen Gentium tiene como prioridad desarrollar ampliamente los valores, cualidades y habilidades de la persona para manifestar con autenticidad lo aprendido. Los estudiantes deberán aprender a cultivar su creatividad de modo creciente, de tal forma que ellos mismos se vayan convirtiendo progresivamente, con el acompañamiento, estímulo y testimonio de sus docentes, en los principales protagonistas de su proceso de aprendizaje, buscando en todo momento el máximo desarrollo de sus cualidades.
- Se debe recordar que los católicos han de ser en la sociedad como el alma en el cuerpo. Los alumnos de la Universidad conocerán los valores de la fe católica en un clima de respeto y de libertad de conciencia. Todo aquel que participa dentro de la Universidad Católica Lumen Gentium debe saber que sus convicciones le exigen juzgar y actuar coherentemente en cualquier circunstancia humana y en cualquier foro educativo.
3. AUTORIDADES
Pbro. Lic. Valenti Salmerón Flores
Rector
Lic. Abril Arroyo
Ecónomo General
Mtra. María Angélica Contreras Martínez
Directora General.
Ing. David González Estrada
Director de Preparatoria
Director de Bachillerato Tecnológico
Hora de oficina: De lunes a viernes de 9:00 am a 15:00 pm
Ver organigrama al final del Reglamento
4. NORMATIVA
Con la intención de que se haga realidad el crecimiento y desarrollo humano en sus alumnos, el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium, (BTLG) se basa en las normas internas expuestas por la Universidad para fortalecer el logro de los objetivos de la misma y en los lineamientos que dictan el Acuerdo Secretarial 450, por el que se obtuvieron los Lineamientos que regulan los servicios que los particulares brindan en las distintas opciones educativas en el tipo medio superior; el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de marzo de 1992, en el que se establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares y la normatividad de la Educación Pública, a través de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios,http://www.sems.gob.mx/ , dirección en la que además se podrá consultar en el portal, las normas vigentes que rigen a esta institución y al presente reglamento.
El alumno, sus padres y / o tutores, se obliga a aceptar y acatar las normas del presente reglamento, además de las previstas en las circulares, avisos, calendarios escolares y normas generales de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios
El Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium, está incorporado a la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial, mediante RVOE número 20130000023 para la carrera de Bachillerato Tecnológico en Administración, con clave BTCADAD08 y vigencia 2008 para la opción educativa intensiva, en la modalidad escolarizada de fecha 29 de abril de 2013 en horario mixto y alumnado mixto.
5. ADMISIÓN
La persona interesada en cursar el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium deberá pasar por el proceso de admisión que comprende la presentación de los exámenes de conocimientos, psicométricos, toxicológicos (si lo exige la institución) y las entrevistas en el Departamento de Psicopedagogía y en la Dirección d el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium .
6. EL ALUMNO
Se considera como alumno d el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium quien haya cubierto íntegramente los requisitos de ingreso establecidos. El alumno conservará esta calidad mientras cumpla con las obligaciones y los requisitos exigidos en la presente reglamentación del BTLG.
7. INSCRIPCIÓN
- Todo alumno de nuevo ingreso que se inscriba al primer periodo escolar en el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium deberá entregar los siguientes documentos en original y dos copias:
- Acta de nacimiento.
- Certificado de Secundaria
- Carta de Buena Conducta de la escuela de procedencia.
- Carta de No Adeudo.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Certificado médico vigente emitido por una institución gubernamental o particular.
- Solicitud de inscripción firmada por el padre de familia y / o tutor, o el interesado.
- 6 fotografías tamaño infantil, blanco y negro, papel mate, ropa clara.
- Copia de identificación oficial de los padres y / o tutores, en dónde se aprecie la firma de filetes de manera legible.
- Quedarán inscritos definitivamente en el plantel, los alumnos que cumplan con los requisitos aquí señalados y que además presenten la documentación comprobatoria anterior.
- Los alumnos que no cuenten o no exhiban el Certificado de Secundaria o Equivalencia de Estudios de Secundaria; o no comprueben su identidad, podrán continuar con sus estudios de manera CONDICIONADA misma que impedirá el otorgamiento de certificaciones oficiales de estudio. En todo caso se podrá solicitar constancias de estudio de carácter provisional en las cuales se incluirá la leyenda que indique exactamente que estos documentos se emiten con “carácter provisional”.
- El alumno tendrá un plazo no mayor a dos meses una vez iniciado el ciclo escolar, para hacer la entrega de la documentación que compruebe haber concluido en su totalidad los estudios de tipo básico. El incumplimiento del plazo anterior conlleva la suspensión del servicio educativo.
8. REINSCRIPCIÓN
- Todo alumno que desee reinscribirse en el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium deberá cubrir los siguientes requisitos:
a). Alumnos vigentes:
- Haber cumplido con las normas de reinscripción y acreditación de la SEP.
- Haber demostrado aplicación, aprovechamiento, disciplina y respeto a la Institución ya las personas que la integran.
- No presentar adeudo en colegiaturas, inscripción o de algún otro concepto con el BTLG .
- El siguiente alumno podrá reinscribirse o no al cuatrimestre de acuerdo a lo especificado en la tabla:
Resolución / condición académica en el BT |
No acreditado (as) |
Total |
|
Asignaturas |
Módulos |
||
Se reinscribe |
0 |
0 |
0 |
Se reinscribe |
1 |
0 |
1 |
Se reinscribe |
0 |
1 |
1 |
Se reinscribe |
1 |
1 |
2 |
Se reinscribe |
2 |
0 |
2 |
No se reinscribe * |
0 |
2 |
2 |
No se reinscribe * |
1 |
2 |
3 |
No se reinscribe * |
2 |
1 |
3 |
B). Alumnos reincidentes:
Los alumnos de esta institución que, por alguna razón, hayan suspendido sus estudios de nivel medio superior y deseen concluirlos en esta institución, deberán atender los siguientes lineamientos:
- Solicitar por escrito su reinscripción a la institución.
- Llenar la solicitud de reinscripción correspondiente.
- No haber causado baja definitiva por indisciplina o faltas graves al reglamento escolar.
- Procederá la reinscripción al cuatrimestre inmediato superior al que la correspondería haber cursado en el momento de efectuarse la baja temporal.
- No adeudar más de dos materias; dos módulos; 1 asignatura y 2 módulos y / o 2 asignaturas y 1 módulo en su historial académico al momento de solicitar su reinscripción.
- Será de carácter obligatorio para los alumnos que reingresen al plantel y que, al momento de solicitar su reinscripción, tengan materias reprobadas el inscribirse al periodo de evaluación extraordinaria inmediato con el fin de actualizar su historial académico; así como de inscribirse en los talleres de regularización que se programan con el fin de nivelar su situación académica.
C). Alumnos de tránsito:
Es de carácter obligatorio para los alumnos probados de otros planteles del sistema educativo nacional o de sistemas extranjeros, acudir a la oficina de Servicios Escolares de esta institución, con el fin de revisar su procedencia y determinar si el alumno podrá ser reinscrito de acuerdo a lo siguiente:
ALUMNOS REGULARES (SIN MATERIAS REPROBADAS)
Alumnos con el mismo plan y programa de estudio:
- Llenar la solicitud de reinscripción correspondiente.
- Inscribirse al examen de admisión.
- Entregar en Servicios Escolares la siguiente documentación:
Original y dos copias de:
- Acta de nacimiento.
- Certificado de Secundaria.
- * Historial Académico.
- Certificado Parcial de estudios debidamente legalizado.
- Constancia de estudios del plantel de procedencia.
- Mapa curricular del plantel de procedencia.
- Certificado médico.
- Carta de buena conducta (según sea el caso).
- Carta de no adeudo (según sea el caso).
- ** Carta condicionada.
- Copia legible de la identificación de los padres o tutores por ambos lados.
- 6 fotografías tamaño infantil, blanco y negro oa color, con ropa clara, papel mate.
Alumnos de procedencia extranjera o de otro sistema educativo nacional con diferentes planes y programas de estudios:
- Llenar la solicitud de reinscripción correspondiente.
- Inscribirse al examen de admisión.
- Entregar en Servicios Escolares la siguiente documentación:
Original y dos copias de:
- Acta de nacimiento.
- Certificado de Secundaria.
- * Historial Académico.
- Certificado Parcial de estudios debidamente legalizado.
- Resolución de Equivalencia de Estudios (alumnos de otro sistema educativo nacional con plan diferente y programa de estudios).
- Resolución de Revalidación de Estudios (alumnos provenientes del extranjero).
- Constancia de estudios del plantel de procedencia.
- Mapa curricular del plantel de procedencia.
- Certificado médico.
- Carta de buena conducta (según sea el caso).
- Carta de no adeudo (según sea el caso).
- ** Carta condicionada.
- Copia legible de la identificación de los padres o tutores por ambos lados.
- 6 fotografías tamaño infantil, blanco y negro oa color, con ropa clara, papel mate.
- * El Historial Académico tendrá solamente función informativa de la situación académica del alumno, no se considerará como documento oficial para la reinscripción de los aspirantes provenientes de otro plantel y / o subsistema.
- ** La Carta Condicionada, deberá ser firmada por el padre o tutor del alumno proveniente de otro plantel, al momento de solicitar su reinscripción, en el cual se compromete a entregar la documentación completa que acredite la situación académica del estudiante, a más tardar en dos meses contados a partir del inicio del cuatrimestre al que se incorporará al alumno.
- En estos casos, el alumno podrá iniciar sus estudios en tanto demuestre el cumplimiento de los requisitos para el tránsito de educandos. La situación del alumno será condicionada y podrá solicitar únicamente constancias de estudio de carácter provisional que incluirán la leyenda de: “ La presente constancia se emite con carácter provisional” . No se podrán expedir certificados totales o parciales hasta que el alumno compruebe debidamente su identidad la presentación total de la documentación mediante comprobante en su expediente académico.
- En caso de incumplimiento con lo anterior, el expediente será revisado por el Consejo Directivo de la Institución, con el fin de determinar si es procedente un nuevo plazo de prórroga para la entrega de la documentación solicitada y de ser positivo se fijará la fecha definitiva de entrega de la documentación, la cual se notificará por escrito al padre o tutor del alumno quien deberá firmar de enterado y de conformidad.
- De no cumplirse con el requisito anterior y una vez llegada la fecha definitiva de entrega de documentación, el alumno causará baja del plantel, deslindando a la institución educativa de cualquier responsabilidad.
- Es completa responsabilidad del padre o tutor, una vez informada por el Departamento de Servicios Escolares de esta Institución los requisitos necesarios para la reinscripción del alumno al plantel, cumplir con cada uno de estos sin excepción.
- Para realizar los trámites de Resolución de Equivalencia y de Revalidación de estudios, los padres de familia podrán solicitar en la oficina de Servicios Escolares, la orientación necesaria para realizar dicho trámite.
- Para los alumnos que soliciten su reinscripción a este plantel y provengan de otro subsistema o del extranjero y que tengan materias reprobadas, se les hará un diagnóstico aproximado para ingresar al cuatrimestre que les pudiera corresponder. Este diagnóstico no tendrá validez oficial hasta que se cuente con las debidas resoluciones de estudios (Equivalencia y / o Revalidación) estado de acuerdo los padres de familia o tutores en que, dado el caso, el alumno podría continuar inscrito en ese cuatrimestre o no.
9. BECAS
- El BTLG otorgará el porcentaje de becas dispuesto por el SEP y todas aquellas que determinan el Consejo de becas.
- Las becas que pueden ser solicitadas son: Beca por “Excelencia Académica”, “Convenio Empresa”, “Lealtad Lumen”, “Becas por Estudio Socioeconómico” y “ COMIPEMS ”.
- Todas las becas deberán ser tramitadas en Servicios Escolares y dictaminadas por el Consejo de becas, pues ninguna se otorgará automáticamente .
- Las becas sólo serán concedidas por el Consejo de Becas o por el Consejo Directivo. Sus decisiones son inapelables.
- Los alumnos que gocen del beneficio de una beca otorgada por el Consejo de Becas o por el Consejo Directivo deberán prestar 10 horas de servicio a la Institución por cada 10% de beca, para lo cual se contará con la autorización de los padres de familia o tutores, especificándose el tipo de servicio que el alumno prestará (en estos casos, las becas de estos alumnos, no serán tomadas en cuenta dentro del porcentaje requerido por la SEP). Cualquier proyecto que se establezca en relación a lo anterior será expuesto por el Director del Plantel a los padres de familia y / o tutores de los alumnos, con al menos 30 días de anticipación. Y una vez de acuerdo ambas partes se darán a conocer a los alumnos la logística del proyecto.
- Las becas “Convenio Empresa”, “Lealtad Lumen” y “COMIPEMS”, están sujetas a lo establecido en cada convenio, disponible en Servicios Escolares.
- Las becas por “Excelencia Académica” se pierden en los siguientes casos:
- En caso de no mantener el promedio exigido.
- Si el alumno acumula dos adeudos del pago del monto de la colegiatura fijado de acuerdo al otorgamiento de la beca.
- Si comete alguna falta grave al Reglamento.
- Ser alumno irregular (adeudar una o más materias).
- Las becas por Estudio Socioeconómico se pierden en los siguientes casos:
- Si el alumno acumula dos adeudos del pago del monto de la colegiatura fijado de acuerdo al otorgamiento de la beca.
- Si obtiene un promedio al final del curso menor a 7.5.
- Si comete alguna falta grave al Reglamento.
- Ser alumno irregular (adeudar una o más materias)
- La vigencia de las becas será de un ciclo escolar completo, y se solicitará por escrito la renovación de las mismas para el ciclo escolar inmediato superior, en el Departamento de Servicios Escolares, en apego a lo estipulado en la “Convocatoria de Becas” expuesta en los diferentes espacios de difusión del plantel, (Servicios Escolares, Caja de la Escuela, Cafetería, Prefectura, y Biblioteca).
- Esta Convocatoria se exhibe en el mes de mayo de cada ciclo escolar.
- Los conceptos de becas no son acumulables.
- Los descuentos son calculados en base a los montos estipulados en el inciso T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, punto 1.
10. TIPOS DE BAJAS TEMPORALES
- BAJA TEMPORAL : Se considera baja temporal al alumno que:
- Al finalizar alguno de los cuatrimestres adeude más de 2 materias, 1 módulo, 1 materia y un módulo y / o 2 materias y un módulo, y no logre regularizarse en los diferentes periodos extraordinarios señalados en el calendario escolar.
- El acumular tres mensuales de falta de pago de la colegiatura, permitiéndole presentar exámenes extraordinarios como lo indica el inciso T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, punto 11, del presente reglamento.
- La renuncia expresa una condición de alumno por parte del padre de familia y / o tutor.
- Que al finalizar los plazos estipulados en el inciso C) INSCRIPCIÓN , punto 4 ; y el inciso D) REINSCRIPCIONES , puntos 4 y 5 ; el alumno no haya entregado los documentos oficiales que acrediten sus estudios previos al cuatrimestre inscrito.
El tiempo máximo por el que los alumnos pueden causar baja temporal y los criterios aplicables a ésta, entre ellos, los relacionados a si la misma será de máximo dos cuatrimestres.
- BAJA DEFINITIVA : Se considera baja definitiva al alumno que:
- Sea sancionado por el Consejo Directivo por cometer actos relacionados con el inciso Q) DISCIPLINA Y SANCIONES, punto 9 del presente Reglamento, y / o que atente con la integridad de la comunidad educativa o del propio alumno.
- La cancelación de la inscripción por resolución definitiva del Consejo Directivo cuando se compruebe la falsedad parcial o total de documentos exhibidos para efectos de cursar estudios en el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium , en cuyo caso se dará inmediata notificación a las autoridades federales para las denuncias o acciones legales procedencia.
- En caso de que el alumno desee darse de baja, el padre o tutor deberá realizar una cita con la Dirección de Preparatoria y posteriormente con la Dirección General del plantel, también, avisar por escrito a la Dirección d el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium con copia a la Administración del Plantel y firmar su baja oficial en Servicios Escolares.
- Al ser cancelada la inscripción, se dejarán sin efectos todos los actos derivados de la misma.
11. DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
Todo alumno tiene derecho a:
- Recibir su credencial que lo acredita como alumno oficialmente inscrito en la UCLG, misma que tendrá un costo por los servicios que integra .
- Tener información oportuna relacionada con los programas de estudio, así como de las actividades académicas que se promuevan en el BTLG conocer al inicio de cada clase los objetivos programáticos de la asignatura, así como los criterios de evaluación.
- Cursar los estudios de conformidad con los programas de estudios vigentes en el BTLG en la fecha de la inscripción y de acuerdo con el tiempo de permanencia estipulados para la terminación de los mismos de acuerdo a la reglamentación de la
- Tener información sobre el contenido de los programas, tareas, proyectos e investigaciones a desarrollar.
- Participar e integrar grupos de trabajo con otros alumnos para el mejor desarrollo de su formación académica.
- Ser evaluados de acuerdo con los contenidos y las experiencias de aprendizaje de los programas de estudio correspondientes, de modo justo y objetivo.
- Conocer a tiempo los resultados de los exámenes que se presentó.
- Recibir el Certificado de Terminación de Estudios y su Título y Cédula de Técnico en Administración una vez concluidos en su totalidad los estudios de nivel medio superior y satisfechos los requisitos de Titulación contenidos en el apartado L) CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN del presente Reglamento. Así como los documentos enlistados en el apartado T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVCIO EDUCATIVO, punto 21.
- Usar las instalaciones y los servicios que tiene el BTLG de forma apropiada y sin perjuicio de la misma.
- Participar en la elección de sus representantes y de la Sociedad de Alumnos.
- ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
- La hora ordinaria de entrada al BTLG es a las 06:45 hrs., Y la hora ordinaria de salida será después de las 12:50 y hasta las 14:30 hrs. de lunes a viernes.
- Las actividades extraescolares tendrán horarios especiales después del horario académico.
- La entrada de los alumnos será sólo por la puerta de Av. México a partir de las 06:30 hrs. y hasta las 07:00 hrs. El ingreso al Plantel después de las 07:01 hrs. contará como retardo. Después de las 07:10 hrs. los alumnos sólo podrán entrar al Plantel con autorización del Director, teniendo en cuenta que esto también se tomará como retardo, solo podrán acumular tres retardos al mes, ya partir del cuarto retardo se les regresará a su casa con el aviso correspondiente a los padres o tutores, considerándose inasistencia injustificada a clases. Los alumnos que llegan tarde al Plantel, y se encuentran dentro del límite de tolerancia, podrán incorporarse a clases a partir de la 2ª hora de clase.
Aquellos alumnos que requieran entrar por la puerta de Prolg. División del Norte, deberá entregar una carta a Dirección solicitando el permiso correspondiente, asumiendo que, en caso de incumplimiento de algún requisito de ingreso al Plantel (uniforme incompleto, retardo, no entrega de talón de circular, etc.) se aplicará la sanción aún cuando el alumno ya se encuentre en clases .
- Es indispensable que los alumnos cubran un mínimo de asistencia del 80% por periodo.
- El no asistir a clases estando dentro de las instalaciones del Plantel será sancionado con inasistencia sin derecho a justificación, además de ser enviado a su casa, previo aviso al Padre de Familia o Tutor, suspendiéndosele por tres días con trabajo especial, el cual deberá ser presentado al profesor de la asignatura afectada como requisito para dar por concluida la sanción. El reincidir en esta acción tendrá una sanción mayor que determinará el Consejo Disciplinar.
- Los alumnos no podrán abandonar el Plantel durante las horas de clase, a menos que lo autorice la Dirección o entreguen un permiso firmado por el Padre, la Madre o el Tutor, así como con un número telefónico con el cual corroborar el permiso, o que alguno de estos se presente a recogerlos personalmente y plenamente identificados.
- Los alumnos que han abandonado la Institución una vez que llegan a la hora de salida no podrán volver a ingresar a la misma, salvo que cuenten con autorización expresa para ello.
- La Institución no se hace responsable de los alumnos que queden fuera por haber llegado tarde, ni de los que queden fuera después de la hora de salida. Ni una vez que hayan abandonado la institución.
- Las inasistencias a clases o exámenes se justificarán únicamente por enfermedad, mediante la presentación de justificante médico, o por causa de fuerza mayor debidamente comprobada. Los alumnos deberán traer su justificante el primer día que se presenten nuevamente a clases. El alumno tendrá la obligación de presentar el mencionado justificante a Prefectura con una fotocopia para que sea firmada, y después mostrarla a todos los profesores; después entregarla a Prefectura para archivarla.
- Los alumnos que no presentan algún examen parcial por causa justificada lo realizadoán el día y bajo la modalidad que designe el profesor de la asignatura. Para el caso de Exámenes Finales, no se reponen, por lo que automáticamente el alumno presentará Examen Extraordinario. Salvo causas de fuerza mayor debidamente soportadas y autorizadas por el Consejo Directivo.
- El no asistir a clases por acuerdo de un grupo de alumnos causará suspensión por tres días, dándose por vistos los temas correspondientes y, en caso de exámenes y prácticas de laboratorio, no habrá reposición de los mismos. Esta suspensión será efectiva al día siguiente de la falta dentro de las instalaciones escolares, realizando, además, labores académicas supervisión bajo.
- Los alumnos deberán asistir a los eventos inherentes a su programa de estudio y los organizados por la Institución, como son: visitas culturales, cursos, prácticas de campo, celebraciones eucarísticas, etc.
12. EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE
El aprendizaje del alumno en el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium será evaluado de la siguiente manera:
- El profesor evaluará el resultado del proceso de enseñanza-aprendizaje mediante: tareas, participación en clase, ejercicios, prácticas, trabajos obligatorios y exámenes parciales, así como las actividades académicas que el profesor considera pertinentes en la evaluación del alumno. Cada profesor indicará la distribución porcentual de cada una de estas actividades y, en su caso, emitirá un reglamento interno, inspirado en el presente, que pedirá sea firmado de enterado por el alumno (a) y por el padre o tutor.
- El Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium se rige por un Sistema Cuatrimestral Presencial Escolarizado con Exámenes Finales. Se realizarán 3 Evaluaciones Parciales . Los períodos de exámenes están sujetos al calendario de la Secretaría de Educación Pública.
- La escala de calificaciones del plantel es numérica del 5 al 10.
- La calificación mínima aprobatoria es de 6.0 (seis punto cero).
- La calificación mínima reprobatoria es de 5.0 (cinco punto cero). Misma que se asentará en los documentos académicos oficiales.
- La calificación cuatrimestral se construirá de la siguiente forma: el promedio de 3 evaluaciones parciales durante el cuatrimestre.
- Los estudiantes que no alcancen un promedio aprobatorio en los 3 parciales, podrán presentar un examen extraordinario (máximo tres materias por cuatrimestre), que, en caso de ser aprobado, la calificación de éste, sustituirá las 3 calificaciones parciales para que la evaluación final refleje la calificación de dicho examen.
- La conducta o disciplina escolar de los alumnos también podrá ser evaluado numéricamente dentro de la de cualquier materia, además de que la Prefectura llevará un control de incidencias que será tomado en cuenta para considerar la reinscripción del.
- Para obtener el certificado, título y cédula d el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium el alumno deberá haber aprobado la totalidad de las asignaturas que integran el Plan de Estudios y haber cumplido al 100% con el servicio social.
13. EXÁMENES EXTRAORDINARIOS Y REGULARIZACIÓN ACADÉMICA.
- Se aplicarán a los alumnos que no hayan acreditado las asignaturas en Exámenes Ordinarios.
- Los alumnos que estando inscritos no hayan cubierto el 80% de asistencias durante el periodo, no tienen derecho a la primera evaluación extraordinaria y únicamente podrán acreditar la asignatura en el curso cuatrimestral, en el caso de los módulos únicamente lo podrá acreditar en el curso cuatrimestral.
- Los alumnos podrán presentar hasta tres Exámenes Extraordinarios por periodo de evaluación (enero, mayo y septiembre) de acuerdo a lo contemplado en el calendario de actividades de la DGETI.
- El estudiante deberá cubrir el pago de derechos del Examen Extraordinario de cada asignatura y mostrar el recibo correspondiente en Servicios Escolares para tener derecho a presentarlo. Inciso T), punto 22 de este Reglamento Escolar.
- El alumno que acumule 3 materias curriculares reprobadas, 1 módulo; 1 asignatura y 1 módulos y/o 2 asignaturas y 1 módulo al finalizar los Exámenes Extraordinarios y/o el periodo de regularización no podrá ser promovido al siguiente cuatrimestre.
- Los alumnos que tengan tres meses de colegiaturas vencidas se apegarán a lo estipulado en el inciso T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, punto 11.
- La aplicación de los exámenes Extraordinarios, son programados bajo calendario específico, incluyen las fechas y los horarios en el que se presentarán las materias; por lo que el alumno deberá estar en el salón de aplicación al menos 5 minutos antes de que inicie el examen, con todo el material requerido. Queda prohibido solicitar al aplicador salir del salón para conseguir materiales de cualquier tipo una vez iniciada la aplicación del examen. Será requisito indispensable para presentar los exámenes extraordinarios, las guías de estudios resueltas y debidamente requisitadas. En caso de incumplimiento con lo anterior, el alumno no podrá presentar el examen extraordinario.
- Solamente, y previa autorización del Director del Plantel, podrá presentar exámenes extraordinarios aquellos alumnos que por una razón bien justificada, caso fortuito o enfermedad no hayan podido presentarse a la aplicación de estos exámenes.
- El alumno podrá solicitar por escrito la renuncia total o parcial de asignaturas, siempre y cuando sean de un mismo periodo escolar con el fin de elevar su promedio de calificaciones o por otro motivo, previa revisión y autorización del caso por el Consejo Directivo de la Institución. El alumno se obliga a cursar nuevamente el periodo escolar renunciado. El número de veces permitido para la renuncia de periodos escolares queda a consideración del Consejo Directivo de esta Institución, con base a la trayectoria escolar y conducta mostrada del alumno.
13. REVISIÓN DE EXÁMENES
- En caso de inconformidad, el alumno podrá solicitar una revisión de su Examen o aclaración sobre el promedio, ante la Dirección del Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium.
- A petición escrita del alumno, los profesores designados deberán proceder a la revisión de los Exámenes Ordinarios y Extraordinarios dentro de los 5 días siguientes a la fecha del examen. La calificación dada después de la revisión será inapelable.
14. CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE ALUMNOS.
- Certificación:
1.1. Los alumnos, una vez concluidos en su totalidad los estudios de nivel medio superior, ya sea mediante trayectoria ordinaria y/o extraordinaria, se les expedirá el Certificado de Terminación Estudios, en una sola ocasión.
1.2. El Certificado de Terminación de Estudios, no tiene costo alguno tal como se estipula en el inciso T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, punto 21. Toda vez que es un derecho de los alumnos que cursan en esta institución los estudios de Bachillerato General, y hayan concluido en su totalidad, recibir el Certificado de Terminación de Estudios, según lo estipulado en el inciso G) DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS, punto 8.
1.3. En caso de que el alumno requiera uno o más Certificados de Terminación de Estudios, deberá acudir a Servicios Escolares para ser orientados en el trámite de Certificación de Estudios Totales.
1.4. El alumno egresado de cualquier generación, podrá solicitar a necesidad, Certificaciones de Estudios Totales.
1.5. El alumno que haya cursado al menos un solo periodo escolar y solicite su baja del plantel, podrá solicitar en Servicios Escolares sea tramitado un Certificado Parcial de Estudios. Este documento es de carácter oficial y por tal motivo y bajo ninguna circunstancia, se expedirá dicho documento si el alumno no concluyó el primer periodo escolar.
1.6. Los costos y formas de pago de las Certificaciones de Estudios Totales y Parciales, se pueden consultar en el apartado T) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, puntos 21, 22 inciso e; 23 y 24 de este Reglamento.
1.7 Se le llama “Certificación de Estudios Totales” a los duplicados de Certificados de Terminación de Estudios.
- Titulación
2.1 El proceso de titulación deberá ajustarse al calendario de entrega-recepción de expedientes para trámite ante la Dirección General de Profesiones que emite la Dirección Técnica de la UEMSTIS.
2.2. Para iniciar el procedimiento de titulación, el alumno deberá cumplir los siguientes
requisitos:
2.2.1. Acreditar totalmente las materias del plan de estudios de la carrera cursada.
2.2.2. Prestar su Servicio Social de acuerdo al reglamento vigente.
2.2.3. No adeudar al plantel libros, material y/o equipo.
2.3. Para obtener el Título Profesional como técnico en administración, el Bachillerato Tecnológico Lumen Gentium establece las siguientes opciones de titulación:
2.3.1. Por promedio: Se realizará cuando el alumno acredite todas las materias del bachillerato y tenga en todos los módulos de la carrera técnica el dictamen de competente (promedio mínimo de 8.0 de calificación en los módulos), lo cual se comprobará por medio de la revisión de estudios. El plantel extenderá Acta de Recepción Profesional.
2.3.2. Por experiencia laboral: Cuando demuestre tener, como mínimo un año de experiencia laboral, por medio de la memoria correspondiente y la constancia de la institución o empresa donde se desempeñó profesionalmente, siempre y cuando en la memoria refiera las aplicaciones en el trabajo de las competencias desarrolladas en la carrera técnica.
2.3.3. Tesis individual: Se realizará cuando el alumno seleccione un tema relativo al área de su formación y lo desarrolle por escrito bajo la supervisión de un asesor. Este trabajo podrá ser teórico cuando aporte elementos que enriquezcan el acervo de la técnica o de la ciencia; o teórico-práctico cuando, teniendo como marco de referencia los conocimientos adquiridos durante la carrera profesional, éstos sean extrapolados a una realidad concreta que justifique un cambio positivo en el ámbito técnico o social (de preferencia de su comunidad). Se presentará examen profesional y la extensión del trabajo deberá ser de un mínimo de 20 cuartillas. El plantel extenderá Acta de Examen Profesional.
2.3.4. Tesis colectiva: Se efectuará entre cinco alumnos como máximo por tesis y podrá referirse a una especialidad o multidisciplinaria cuando se agrupen alumnos de diversas carreras que se ofrecen en un mismo plantel. La autorización para trabajar esta modalidad quedará condicionada a un análisis previo por parte de la Dirección del Plantel y se tomará en cuenta la extensión del trabajo, el grado de dificultad, su aportación a la sociedad y su importancia en aspectos que se manifiestan en la presentación del proyecto de tesis. El asesor que dirija el trabajo responsabilizará a cada miembro del equipo para lograr una efectiva coordinación y evitar cargas de trabajo parciales. La extensión será de 10 cuartillas por alumno, si es de una especialidad o 15 cuartillas por alumno si la tesis es multidisciplinaria. Se presentará examen profesional y el plantel extenderá Acta de Examen
Profesional.
2.3.5. Elaboración de textos, prototipos didácticos o instructivos para prácticas de taller y/o laboratorio: El alumno elaborará apoyos didácticos sujetos a los planes y programas de estudio del subsector tecnológico en el cual se pretenda aplicarlos, y serán revisados por docentes de cuyas materias se realizaron los materiales. El texto será para un cuatrimestre y un tema completo. La autorización de esta modalidad individual o colectiva quedará condicionada a un análisis previo por parte de la oficina de titulación del plantel y de los asesores, tomando en cuenta el grado de dificultad y su aportación teórica. En caso de ser colectiva se distribuirán los temas equitativamente y se realizará entre no más de cinco alumnos de la especialidad. Se presentará examen profesional y el plantel extenderá Acta de Examen Profesional.
2.3.6. Participación en un proyecto de investigación: El alumno deberá presentar un proyecto terminado, especificar y comprobar mediante constancia de la institución organizadora su participación, la cual se considerará aceptada si es de índole metodológica o académica. La autorización para trabajar esta modalidad individual o colectiva, de una especialidad o multidisciplinaria, quedará condicionada a un análisis previo por parte de la Dirección y de los asesores; tomando en cuenta la extensión del trabajo, el grado de dificultad y su aportación técnica. En caso de ser colectiva se distribuirán los temas equitativamente y se realizará entre no más de cinco alumnos. Se presentará examen profesional y el plantel extenderá Acta de Examen Profesional.
2.3.7. Acreditación de estudios superiores: El estudiante deberá presentar el documento de certificación que compruebe la aprobación del 40% de los créditos o asignaturas del nivel de licenciatura afín a la especialidad técnica cursada. El plantel extenderá Acta de Recepción Profesional.
2.3.8. Sustentación de examen global por áreas de conocimiento: Los sinodales elaborarán un examen sobre los conocimientos académicos y tecnológicos que debió adquirir el alumno en el transcurso de su formación profesional, quien lo contestará de forma escrita, para después someterlo a discusión con los sinodales. El fallo se registrará en las hojas del examen y quedará como constancia de realización. El plantel extenderá Acta de Examen Profesional.
2.4. En caso de que la opción de titulación elegida considere la elaboración de tesis, informe o memoria, el alumno deberá presentar un proyecto de trabajo que incluya el título del mismo, finalidad, justificación y un índice aproximado.
2.4.1. A partir de la fecha de aprobación del proyecto de trabajo, los alumnos tendrán, para desarrollar el tema, un año en el caso de tesis y cuatro meses para memoria o informe.
- 4.2. Si el alumno no concluye su trabajo en el tiempo estipulado, la Dirección del Plantel deberá otorgar, por única ocasión, una prórroga de seis meses para el caso de tesis y de tres meses para el caso de memoria o informe. Una vez concluido este plazo, se anulará el trámite y el alumno deberá registrar un nuevo proyecto.
2.4.3. La Dirección del plantel solicitará al Área Responsable de la Administración Escolar la autorización para realizar el examen o la recepción profesional, según la opción de titulación seleccionada por el alumno, siendo la misma Área Responsable de la Administración Escolar quien realice el seguimiento para supervisar que se cumpla con la normatividad vigente.
- 4.4. Los asesores y el jurado de titulación serán designados con base en los lineamientos que para tal efecto establece la Dirección Técnica de la DGETI
2.4.5. En caso de demostrarse cualquier fraude en la elaboración de un trabajo para titulación, éste quedará automáticamente anulado y el Director del Plantel o el Área Responsable de la Administración Escolar suspenderá el proceso de titulación del alumno de uno a tres años, según lo amerite el caso .
2.4.6 La aplicación de sanciones que impliquen la suspensión del proceso de titulación deberán comunicarse por escrito al Área Responsable de la Administración Escolar correspondiente.
2.5. Una vez cumplidos los requisitos de la opción de titulación elegida, el alumno deberá solicitar al responsable del servicio de titulación el trámite del registro del Título, para lo cual entregará la siguiente documentación:
- a) Original y copia del pago de derechos correspondiente. Éste deberá ser realizado directamente por el interesado.
- b) Original de la Solicitud de Registro de Título y Cédula Profesional, debidamente llenada y firmada por el interesado.
- c) Original del Acta de Nacimiento o documento legal equivalente.
- d) Original del Certificado de Terminación de Estudios de educación secundaria.
- e) Original del Certificado de Terminación de Estudios del ciclo profesional técnico.
- f) Original de la constancia del servicio social.
- g) Cuatro fotografías tamaño y tipo filiación, con fondo blanco.
- h) Tres fotografías tamaño diploma, de frente, en papel delgado.
2.6. Los casos de interesados que presenten irregularidades en alguno de los documentos presentados para conformar el expediente, deberán ser atendidos directamente en el plantel, previo al envío de la documentación hacia el Área Responsable de la Administración Escolar, a fin de evitar que el expediente sea rechazado.
2.7. El acto protocolario para titulación no se llevará a efecto hasta que el alumno cubra los requisitos correspondientes a la opción elegida y entregue toda la documentación requerida. El plantel extenderá el Acta de Recepción o el Acta de Examen Profesional, según corresponda, y la anexará al expediente.
2.8. El Área Responsable de la Administración Escolar recibirá la documentación de titulación y la remitirá a la Dirección Técnica de la DGETI, con base en el calendario que ésta elabora.
2.9. El Área Responsable de la Administración Escolar y el plantel serán responsables de entregar el expediente del alumno completo y correcto.
- RECONOCIMIENTOS
El BTLG se enorgullece de los logros de sus alumnos y buscará estimular y reconocer su esfuerzo de las siguientes formas:
- Se otorgará diploma y reconocimiento al mejor promedio de la generación. También su nombre quedará inscrito en el Cuadro de los mejores promedios de generación.
- Se otorgará un reconocimiento al mejor promedio de cada curso. Su nombre quedará inscrito durante un cuatrimestre en el Cuadro de Honor.
- Se reconocerá públicamente al ganador o a quien haya obtenido algún logro especial en cualquier certamen en el que represente al BTLG.
- Se otorgarán reconocimientos a los ganadores de los certámenes que organice el BTLG.
15. ASEO Y PRESENTACIÓN PERSONAL
- El uniforme de Educación Física es obligatorio para todos los alumnos del BTLG, de conformidad con los padres de familia y/o tutores, para su uso en el plantel, y este se deberá portar los días en que se tenga esta materia, así como en los días en que la Dirección del BTLG lo solicite.
- El uniforme de Educación Física consiste en: pants y chamarra azul marino con celeste, playera blanca, short azul marino, calcetas blancas y tenis de agujeta, blancos en un 70%.
*Al momento de la inscripción, se entregarán las especificaciones de los Uniformes, siendo obligación de los padres el cumplimiento de las mismas.
- UNIFORME FORMAL: Los alumnos y alumnas se presentarán ordinariamente al Plantel de la siguiente manera:
Mujeres:
- Traje sastre en color azul marino o negro (puede ser con pantalón –no ajustado– o falda –a la rodilla–).
- Zapatillas de vestir o de tacón (máximo 5 cm. De alto).
- Accesorios sencillos y discretos.
Varones:
- Traje sastre en color sobrio y discreto.
- Zapato de vestir con agujeta y preferentemente con suela de cuero.
- Cinturón.
- Corbata sencilla y de color discreto.
Para ambos:
- Las camisas han de ser de color claro acorde al saco, preferiblemente de manga larga.
- Utilizar accesorios discretos y adecuados.
- Suéteres y / o abrigos de color negro o azul marino.
- Una o dos veces por semana, según asignen la Dirección, los alumnos (as) pueden presentarse al Plantel con la ropa que le sea cómoda pero apropiada. El BTLG pide a sus alumnos una presentación digna, limpia y adecuada, teniendo en cuenta el siguiente: Código de Vestimenta :
En mujeres:
- Blusas: sin escotes pronunciados o extravagantes y no portar playeras de tirantes o con estampados extravagantes u ofensivos.
- Faldas: pueden ser a una pulgada arriba de la rodilla (no minifaldas). No puede ser ajustada ni con aberturas.
- Pantalones: no ajustado, sin roturas, que no se arrastren y que no enseñe la ropa íntima. Deben usar a la cintura. Por ningún motivo dormir se podrá asistir a clases con shorts, bermudas, leggins o mayas, ropa para en cualquiera de sus modalidades, ropa de playa y / o indumentarias parecidas.
- Sudaderas o chamarras: sin estampados extravagantes, no rotas y limpias (queda prohibido en caso de que la prenda tenga capucha utilizarla).
- Zapatos: cómodos, limpios y boleados y si son tenis deberán estar limpios y en buen estado. No zapatos de tacón extravagante, alto, ni plataformas, ni sandalias en cualquiera de sus modalidades o huaraches.
- Cabello: deberá traer el cabello arreglado con decoro, que no cubra el rostro, evitando peinados, tintes o accesorios extravagantes.
- Maquillaje: podrá presentarse discretamente maquilladas.
- Tienen prohibido presentarse con piercings en la cara o en zonas visibles, así como con tatuajes.
- En el salón de clases y en las instalaciones de la escuela no se podrá usar ninguna clase de gorra, sombrero, tocado extravagante, así como lentes oscuros o estrafalarios.
En varones:
- Playeras: sin escotes pronunciados o extravagantes y no playeras de tirantes, sin mangas o con estampados extravagantes u ofensivos. No podrán permanecer en la escuela sólo con camiseta interior.
- Pantalones: no ajustados, no rotos, que no se arrastren y que no muestren la ropa interior. Deberán utilizarse a la cintura. Por ningún motivo se permitirá asistir a clases con shorts, bermudas o indumentarias parecidas.
- Sudaderas o chamarras: sin estampados extravagantes, no rotas y limpias (queda prohibido en caso de que la prenda tenga capucha utilizarla).
- Zapatos: cómodos, boleados y si son tenis, éstos deberán estar limpios y en buen estado. No huaraches ni sandalias.
- Cabello: deberá ser corto, evitando peinados y tintes extravagantes.
- Tienen prohibido presentarse con piercings en la cara o zonas visibles, así como con tatuajes o con maquillaje. No aretes.
- En el salón de clases y en las instalaciones de la escuela no se podrá usar ninguna clase de gorra, gorro o sombrero, así como lentes oscuros o estrafalarios.
- No se permitirá la entrada al Plantel a quien contravenga cualquier inciso del Código de Vestimenta.
- La Escuela no se hace responsable por la pérdida de cualquier tipo de prenda. Toda prenda extraviada sin nombre, y no reclamada, permanecerá dos semanas en Prefectura para que sea identificada. Pasado este tiempo se convertirá en propiedad del BTLG, quien determinará su destino y uso.
- Para ingresar al laboratorio los alumnos deberán portar una bata blanca 100% algodón, la cual deberá conservarse limpia y marcada con nombre completo y bordado en un lugar visible; presentar la credencial de la escuela, usar zapato cerrado, así como toda la protección que requieran las prácticas.
16. OBLIGACIONES GENERALES
Cada alumno tendrá la obligación de:
- Asistir a clases respetando el código de vestimenta, así como a todas y cada una de las actividades escolares.
- Pasar por el lector magnético de los torniquetes de acceso su Credencial en buen estado y legible al ingresar o salir del Plantel. En caso de extravío y/o daño permanente, deberán tramitar su reposición en la Caja de la Escuela.
- Cuidar de sus pertenencias y uniforme. El BTLG no asume ningún tipo de responsabilidad en caso de robo o extravío de pertenencias personales.
- Asistir a clases puntualmente, conforme al horario respectivo.
- Permanecer dentro del salón de clases mientras esté el profesor de la asignatura y entre cambio de horas de clase. Asimismo, durante la clase permanecer en su lugar, tomar notas y poner atención.
- Respetar las áreas verdes, pasillos, cancha de futbol, etc., teniendo un comportamiento adecuado, sobre todo en los traslados entre clases y los descansos.
- Observar un comportamiento ejemplar, ser respetuoso con sus compañeros, trabajadores, catedráticos y personal en general, utilizando las formas de cortesía adecuadas en cada caso.
- Mantener el orden, silencio y disciplina dentro y fuera de las aulas.
- Traer los útiles y libros necesarios para atender a sus clases.
- Cumplir con las tareas e investigaciones que encomienden sus maestros.
- Conservar y cuidar las instalaciones (paredes, ventanas, pizarrones, lámparas, ventiladores, mobiliario en general, instalaciones deportivas, servicios sanitarios, jardines y demás anexos).
- Mantener el orden y limpieza de las bancas y del salón de clases en general (poner la basura en su lugar, respetando la separación de desechos, no ensuciando paredes o el pizarrón, etc.).
- Respetar el escritorio y silla del profesor.
- Participar y representar a la escuela en los diferentes eventos y actividades que la institución lo requiera.
- Mantener el orden y la disciplina en las actividades extracurriculares que organice el BTLG.
- Respetar los símbolos patrios y guardar la compostura en los eventos cívicos y religiosos que se realicen en la Institución.
- Si se contrata el uso de algún casillero, cumplir con el reglamento que exige la renta del mismo.
- Entregar los comunicados enviados por la escuela a los padres o tutores y regresar al día siguiente el acuse de recibo correspondiente, con la firma de haberse enterado del contenido de la comunicación, independientemente de que se reserven el derecho de plantear ante la escuela algún desacuerdo.
- En caso de que el alumno requiera la administración de algún medicamento o el uso de algún aparato especial, los padres de familia o tutores deberán entregar al Director del Bachillerato Tecnológico un escrito con las instrucciones o una constancia del médico familiar precisando las indicaciones necesarias.
- Los padres de familia tienen la obligación de reportar la situación médica del alumno en caso de enfermedad de tipo contagioso. Los padres de familia aceptan que la BTLG tiene la facultad de retirar al alumno, si presenta alguna enfermedad contagiosa diagnosticada por el médico escolar, con el fin de proteger la integridad de la comunidad educativa.
- En caso de enfermedad de tipo contagiosa, la admisión a las instalaciones de la Institución estará condicionada a la aprobación del médico escolar y la entrega de algún certificado médico que haga constar que la situación del alumno no representa ningún riesgo para la comunidad educativa.
17. PROHIBICIONES GENERALES:
Queda prohibido:
- Interrumpir la buena marcha de las actividades académicas.
- Hacer uso indebido de los servicios de enfermería o de psicopedagogía (p. ej. para no asistir a clases). Siempre se habrá de avisar primero a Prefectura.
- Hacer uso indebido del Auditorio, salones, prefectura y sala de maestros.
- Participar en desórdenes dentro de la Institución y a sus alrededores.
- Faltar el respeto a los profesores y demás miembros de la comunidad educativa de la Institución.
- Salir constantemente del salón durante el tiempo de clase para ir por papel y/o ir al baño.
- Consumir cualquier tipo de alimentos o bebidas dentro del salón de clases.
- Llevar a cabo acciones inmorales de cualquier tipo.
- Expresarse con lenguaje inapropiado, dentro y fuera del Plantel.
- Faltar el respeto (hacer muecas, chiflar, gritar, hacer señas, etc.) a los profesores, alumnos y demás miembros de la comunidad educativa de la Institución.
- Besar, abrazar o dar caricias inapropiadamente a cualquier compañero, compañera, maestros y personal de la institución.
- Usar en tiempo de clase cualquier aparato electrónico (teléfonos celulares, iPod, radios, reproductores de DVD, etc.) o artefacto que distraiga su atención. Si el alumno es sorprendido utilizando alguno de los objetos descritos anteriormente durante alguna de las clases (aún para ver la hora, en caso de los celulares, etc.), se le recogerá el artefacto y se devolverá en el tiempo y forma que indique la Prefectura. La UCLG no se hace responsable, bajo ninguna circunstancia, de la pérdida de celulares o de cualquier otro aparato electrónico, ni de ningún otro objeto personal.
- Grabar en video o en audio a profesores o alumnos, así como tomar fotografías de ellos, sin su consentimiento explícito.
- Subir a alguna página de internet de acceso público videos, fotos o información sobre la UCLG o alguno de los miembros de la comunidad educativa.
- Asistir bajo la influencia de drogas, enervantes, psicotrópicos o estupefacientes al Plantel.
- Introducir y/o consumir cigarrillos y cualquier otro tipo de enervantes dentro y en los alrededores del Plantel.
- Introducir, consumir o distribuir bebidas embriagantes en el Plantel o a sus alrededores.
- Introducir, consumir o distribuir drogas, enervantes, psicotrópicos o estupefacientes en la UCLG.
- Introducir, portar o usar armas o cualquier instrumento peligroso que pueda poner en riesgo la salud, integridad física o la vida de los miembros de la comunidad de la UCLG.
- Permanecer en el área de Secundaria, así como interrumpir con las actividades que ahí se estén realizando.
- Prestar o recibir ayuda fraudulenta en los exámenes de aprovechamiento.
- Falsificar o alterar documentos oficiales de la Escuela.
- Plagiar guías, trabajos, tareas, etc.
- Sobornar a cualquier miembro del personal docente o de apoyo y asistencia a la educación, con el propósito de modificar las evaluaciones y los resultados de éstas o bien dar a conocer el contenido de los exámenes antes de su aplicación.
- Reunirse con docentes o con el personal de la Institución fuera de las instalaciones de la misma o fuera del horario de clases, a menos que se tenga una autorización expresa por parte de la Institución.
- Suplantar o permitir ser suplantados en la realización de actividades académicas.
- Recibir durante el horario de clases por parte de los padres, tutores o familiares: tareas, trabajos, material, dinero, alimento, etc.
- Intercambiar o proveer objetos con fines económicos tales como: revistas, películas, alimentos, etc.
18. DISCIPLINA Y SANCIONES
- El o los alumnos que sean sorprendidos causando algún daño o ensuciando las instalaciones de la UCLG deberán asumir los gastos de reparación de los daños y/o colaborar en su reparación y limpieza.
- El o los alumnos que sean sorprendidos cometiendo algún robo de cualquier índole deberán restituir el objeto robado en su integridad, sometiéndose además a la sanción que determine el Consejo Directivo.
- El o los alumnos que desperdicien el papel sanitario o hagan uso indebido del material de limpieza deberán reponerlo.
- El alumno que asista al Plantel violando algún inciso del Código de Vestimenta no se le permitirá el acceso al Plantel en tanto que esta situación no sea solventada. El o los alumnos que tengan autorización de ingresar por la puerta de Prolongación División del Norte y que no cumplan con el Código de Vestimenta, serán regresado a su domicilio, previa notificación de los padres o tutores, no importando la hora en la que sean descubiertos por la Prefectura. Lo anterior dado que, no es responsabilidad de la Prefectura de Secundaria detener, regresar o sancionar a los alumnos del Bachillerato autorizados a ingresar al plantel por esta puerta.
- El o los alumnos que no entreguen el acuse de recibido de las circulares enviadas por la Dirección Técnica, no podrán ingresar al Plantel hasta que se entregue dicho comprobante.
- Los alumnos que incurran en el uso indebido de cualquier aparato, equipo electrónico o artefacto (celulares, ipod, radios, reproductores de DVD, tabletas electrónicas, etc.) se le recogerá dicho objeto (ver letra N, número 12) y se iniciará con el protocolo de seguimiento disciplinar. En caso de pérdida o robo, la Institución no asume ningún tipo de responsabilidad sobre estos artefactos aún estando éstos en resguardo de Prefectura, de Dirección o de algún profesor.
- El o los alumnos que realicen actos de violencia física, verbal o moral, tendrán un reporte disciplinario además a la sanción que determine el Consejo Directivo.
- Si se sorprende a algún alumno fumando o consumiendo cualquier tipo de drogas dentro o fuera del Plantel será suspendido definitivamente de la Institución.
- Si se sorprende al alumno cometiendo cualquier tipo de plagio (deshonestidad intelectual), será amonestado por el profesor y se anulará toda calificación con que dicho acto esté relacionado (p.e. si se plagia una guía y ésta cuenta como requisito para presentar examen, se anulará dicha guía y por lo mismo no podrá presentar el examen).
- Las sanciones que se aplicarán por una violación de cualquiera de los artículos del Reglamento, de acuerdo con la magnitud de la falta y por criterio de la Dirección y del Consejo Directivo de la Comunidad Educativa son las siguientes:
- Amonestación y asesoría en privado, por parte de los Maestros, Dirección Técnica o Dirección General del Plantel, anotando los deméritos en el expediente del alumno con copia a quienes ejerzan la patria potestad o tutela del alumno.
- Las autoridades escolares llamarán a quienes ejerzan la patria potestad o tutela de los alumnos para informar las medidas de sanción disciplinaria que tengan que adoptarse, para que el alumno no reincida y rectifique su actitud.
- El alumno prestará un servicio de trabajo al BTLG por un determinado número de horas. El tiempo y el tipo de trabajo a realizar será determinado en común acuerdo con el alumno y con quienes ejerzan la patria potestad o tutela del alumno.
- Separación de una clase o actividad, o de todas, hasta por tres días lectivos, dispuesta por el Director, con aviso a quienes ejerzan la patria potestad o tutela, y constancia del hecho en su expediente con obligación del alumno de permanecer en el plantel, sujeto al desempeño de la comisión que se le designe y a la orientación y vigilancia del personal que designe el Director.
- Devolución del alumno a su casa por excesiva impuntualidad, incumplimiento de entrega de acuses de circulares, violación reiterada del Código de Vestimenta, falta de aseo personal o en aquellos casos que determine la Dirección Técnica.
- Negación del acceso al Plantel si el alumno no muestra su credencial escolar al momento de la entrada.
- Suspensión definitiva del BTLG cuando el Consejo Directivo así lo determine.
- Otras sanciones serán determinadas por el Consejo Directivo en consonancia con las autoridades correspondientes.
19. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES
- Las actividades extraescolares son actividades organizadas por la Escuela para ser realizadas en espacios externos o internos de la misma, pero pretendiendo objetivos educativos, por lo que tendrán el carácter de obligatorias.
- Para que los alumnos asistan a las actividades que se realicen fuera de la Institución, es preciso que los padres de familia autoricen oportunamente la solicitud de permiso enviada por la Institución, de lo contrario se verán privados de la actividad y de los puntajes correspondientes.
- En todos los casos de actividades extraescolares los alumnos se presentarán con la credencial de la Institución cuidando su aspecto e higiene personal.
- Las faltas de disciplina que ocurran durante la realización de actividades extraescolares, se considerarán como agravadas.
- Por ningún motivo se permite que los alumnos lleven consigo o consuman bebidas que contengan alcohol, enervantes, cigarrillo o cualquier sustancia nociva para la salud.
- Los Talleres Opcionales de Actividades Artísticas, Tecnológicas, Deportivas se realizarán fuera del horario académico.
20. COMUNICACIÓN TUTOR-ESCUELA
- Se efectuará una junta de inicio de curso, con el fin de informar el plan de trabajo, además de señalar las actividades generales del curso.
- Por periodos se enviarán circulares a los padres de familia para enterarlos sobre las actividades de los programas institucionales, horarios de exámenes, avisos administrativos e información general. Las circulares servirán para ser consultadas durante el periodo correspondiente. Una vez recibida y leída, se firmará el acuse de recibo y se enviará a la escuela al día siguiente de su recepción teniendo en cuenta lo estipulado en la letra M, número 18y en la letra O número 5 del presente reglamento. El acuse de recibo, en caso de recibirse la notificación vía internet, podrá hacerse por este mismo medio.
- Los padres o tutores de los alumnos pueden entrevistarse con los directivos o profesores, con previa cita solicitada en recepción. En caso de aclaración sobre alguna materia, forma de evaluar o alguna calificación de algún maestro, es importante acudir en primer lugar con el profesor(a) de la asignatura, si no se tiene respuesta del mismo, se deberá pasar después a Prefectura y a Dirección respectivamente.
- Los padres de familia o tutores no podrán hacer llamadas a los maestros en horario de clase.
- Los padres de familia o tutores no podrán reunirse con los docentes o con el personal de la Institución fuera de las instalaciones de la misma o fuera del horario de clases, a menos que se tenga una autorización expresa por parte de la Institución.
- Los padres de familia o tutores no podrán realizar ningún pago, bajo ningún concepto, de modo directo a docentes o al personal en general de la Institución. Todo pago deberá realizarse en Caja.
- En lo referente a la suspensión del servicio educativo por el incumplimiento del pago de tres colegiaturas mensuales, la comunicación se establecerá directamente con el padre de familia y/o tutor del alumno, con el fin de llegar a un acuerdo en la Administración del Plantel. Esta comunicación será en primera instancia vía telefónica, o por correo electrónico. Solamente, y en el último de los casos, de no lograr la comunicación con los padres de familia y/o alumnos, se les enviará una carta en sobre cerrado y de manera personal y confidencial con sus hijos (as), tal como lo indica el inciso R) DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVICIO EDUCATIVO, punto 12.
- En caso de que el alumno requiera la administración de algún medicamento o el uso de algún aparato especial, los padres de familia o tutores deberán entregar a la Prefectura un escrito con las instrucciones o una constancia del médico familiar precisando las indicaciones necesarias.
- Los padres de familia tienen la obligación de reportar la situación médica del alumno en caso de enfermedad de tipo contagioso. Los padres de familia aceptan que el BTLG tiene la facultad de retirar al alumno, si presenta alguna enfermedad contagiosa diagnosticada por el médico escolar, con el fin de proteger la integridad de la comunidad educativa.
21. DE LAS DIVERSAS CUOTAS Y PAGOS DEL SERVCIO EDUCATIVO
- Queda establecido el pago de una inscripción y/o reinscripción anual de $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) y 12 mensualidades de $2,800.00 (DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) Estas cantidades son la base para determinar los porcentajes que, por concepto de asignación de becas, le corresponda a los alumnos participantes, de acuerdo a lo estipulado en el inciso E) Becas, del presente reglamento.
- Para los alumnos que no hayan concursado en el otorgamiento de becas, tendrán el beneficio de un descuento del 10% en inscripción y/o reinscripción anual por pago anticipado, aplicable del primer día hábil laborable de enero al último día hábil laborable de febrero de cada ciclo escolar. Se les otorgará un 5% de descuento siempre y cuando realicen su inscripción y/o reinscripción del primer día laborable hábil de marzo hasta el último día laborable hábil de mayo. Estos descuentos serán aplicados a la inscripción y/o reinscripción del ciclo escolar al que cursarán.
- El pago de la inscripción se realiza en una sola exhibición y debe ser cubierta antes del inicio del ciclo escolar. El pago se realiza en la Caja de la Escuela de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a 13:00 p.m. de acuerdo a las formas de pago del número 8 de este apartado.
- Las colegiaturas mensuales empiezan a correr a partir del mes de septiembre del ciclo escolar vigente y la última mensualidad se cubre en el mes de junio del mismo ciclo escolar.
- Las colegiaturas deberán cubrirse dentro de los 10 primeros días naturales de cada mes, a partir del día 11 se aplicará un recargo del 10%.
- Los padres de familia y/o tutores, pueden solicitar en la Caja de la Escuela, los datos bancarios del plantel con el fin de hacer transferencias o depósitos bancarios. Para llevar un buen registro de los pagos que se realicen por banco, el padre de familia y/o tutor, deberá acudir a la Caja de la Escuela y entregar las fichas de depósito para evitar cualquier inconveniente futuro.
- Las colegiaturas mensuales pueden ser cubiertas directamente en la Caja de la Escuela, en el horario de 8:00 a 13:00 hrs.
- Las formas de pago que se reciben en la Caja de la Escuela son: Cheques a nombre de: “UNIVERSIDAD CATOLICA LUMEN GENTIUM, A.C.”; pago en efectivo, y tarjetas de débito y/o crédito, con excepción de American Express.
- En el caso de los cheques devueltos por falta de fondos, los padres de familia y/o tutores cubrirán la comisión que el banco haya cargado a la Institución.
- En caso de que los padres o tutores que hayan cubierto la inscripción y/o reinscripción, por cualquier razón, decidan que sus hijos no ingresarán al siguiente ciclo escolar, deberán pedir por escrito la devolución de su dinero. Sin embargo, toda devolución causa penalización de la siguiente manera: si la devolución se solicita con 60 días de anticipación a la fecha de inicio de cursos, no habrá penalización alguna y el monto pagado por la inscripción y/o reinscripción será devuelta en su totalidad; si la devolución se solicita entre 30 y 59 días de anticipación a la fecha de inicio de cursos, la penalización será del 50% del monto pagado por la inscripción y/o reinscripción. Si la devolución se solicita entre 1 y 29 días de anticipación a la fecha de inicio de cursos, la penalización será del 85% del monto pagado por inscripción y/o reinscripción. A partir del primer día de clases, se pierde todo derecho de devolución sobre inscripción y/o colegiatura pagada.
- La falta de pago correspondiente a más de tres mensualidades causará suspensión del servicio educativo del alumno hasta que se satisfaga la totalidad de la deuda. Se notificará a los padres de familia con quince días de anticipación a la suspensión de la prestación del servicio educativo para dar el tiempo para realizar, en la administración del plantel, las negociaciones para solventar la deuda y, de así requerirlo, podrá solicitar la documentación oficial de su hijo (a), la cual le será entregada en un plazo de quince días a partir de que la solicite. Asimismo, el alumno (a) podrá presentar exámenes extraordinarios en las fechas estipuladas en el calendario escolar, con el fin de que no se vea perjudicada su permanencia en el Sistema Educativo Nacional.
- Queda establecido que cualquier notificación referente al punto anterior, será directamente con los padres de familia y/o tutores quedando eximido el alumno de cualquier práctica innecesaria, con la excepción de que en caso de no contactar a los padres o tutores por los diferentes medios de comunicación que utiliza la institución, se le entregará al alumno en sobre cerrado y de manera personal y confidencial, una carta a nombre del padre o tutor para que éste se presente y se logren llevar a cabo los acuerdos antes mencionados.
- Los costos por inscripción, reinscripción y colegiaturas vigentes para cada ciclo escolar quedan establecidos en el presente reglamento considerando que, de haber un ajuste en estos conceptos, es obligación del BTLG informar a los padres de familia y/o tutores cuando menos con 60 días de anticipación al periodo de inscripción y reinscripción para el ciclo escolar siguiente. La comunicación quedará establecida mediante 2 reuniones con los padres de familia y/o tutores y el Director del Plantel, cuyos acuerdos que resulten de éstas quedarán por escrito al término de la segunda reunión. Se dará por autorizados los acuerdos en materia de ajuste a los conceptos anteriores, mediante la asistencia y participación del quórum de ambas reuniones; quedando por entendido que el resto aceptará de manera voluntaria los acuerdos previstos por la mayoría de los convocados.
- Los conceptos de inscripción, reinscripción y colegiaturas mensuales, garantizan la prestación de todos los servicios necesarios para que el alumno pueda cumplir con el plan y programas de estudios del BTLG, y quedan incluidos los servicios de biblioteca: física y virtual, los laboratorios de Químico-Biológicas y Física, el taller de computación, el área para las actividades deportivas, el uso de los materiales y equipo de laboratorio y deportivo y demás instalaciones de la institución.
- Siempre y cuando los alumnos realicen el uso de los anteriores conceptos dentro de los horarios de clases. Será objeto de reposición física o monetaria cualquier destrucción parcial o total de los materiales de laboratorios de ciencias, taller de computación, biblioteca, áreas deportivas, equipo y mobiliario o infraestructura del plantel por el uso indebido o no autorizado de éstos. Los padres de familia y/o tutores serán notificados por la administración del plantel si su hijo(a) ha incurrido en alguna falta anterior y se llegará al acuerdo de reposición o pago del o los objetos deteriorados según sea el caso. El padre de familia y/o tutor queda en la libertad de elegir al proveedor de su preferencia para la reposición de los materiales dañados, con la única consigna de cumplir con los mismos estándares de calidad de los previos. Lo anterior no exime a los alumnos de las sanciones a las que se hayan hecho acreedores por las faltas cometidas. Estas están reguladas en el inciso O) DISCIPLINA Y SANCIONES, puntos 1, 3 y 11 incisos b y c.
- El BTLG no incrementará las colegiaturas durante el periodo escolar, a menos que esto se acuerde con la mayoría de los padres de familia y/o tutores, o usuarios del servicio mediante convocatoria que a efecto se emita previo acuse de recibo correspondiente, y se justifique por causas de fuerza mayor que incidan en un incremento sustancial en los costos de operación.
- El BTLG, no establece cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia y/o tutores o usuarios del servicio durante el ciclo escolar. Únicamente en casos de contingencias naturales y/o que se justifique o amerite la cooperación con los diferentes grupos altruistas de apoyo se solicitará la aportación estrictamente voluntaria y solamente en especie.
- En el caso de las actividades como “La Noche Mexicana” y la “Posada Lumen”, la participación de la comunidad educativa, será de manera voluntaria y en caso de estar de acuerdo, sólo se cobrará una cuota simbólica de recuperación. La planeación se hará del conocimiento estudiantil con la debida anticipación.
- Previo al inicio del ciclo escolar, el BTLG entregará a los padres de familia y/o tutores, la lista de los libros y útiles escolares que deberán adquirir en los establecimientos y librerías de su preferencia con el fin de cumplir con el desarrollo de las actividades escolares. En el caso de los útiles escolares, el alumno podrá conservar sus anteriores materiales, siempre y cuando éstos conserven un estado adecuado para trabajar con ellos.
- La escuela ofrece antes del inicio del ciclo escolar, a petición de los propios padres de familia y/o tutores y con el fin de facilitarles la adquisición de éstos, la venta del paquete de libros completos para cada ciclo escolar, el cual podrán adquirirlo en las instalaciones del plantel sin ser obligatorio. Asimismo, podrán los padres de familia y/o tutores, cotejar la lista de costos con los proveedores de su preferencia y adquirir dichos materiales en los lugares que decidan.
- Los alumnos tienen derecho a recibir, a petición de éstos, por cada ciclo escolar, según sea el caso y sin costo alguno, los siguientes documentos que los acredite como educandos de esta institución:
- Carta de conducta.
- Constancia de estudios.
- Historial Académico.
- Certificado de terminación de estudios.
- El alumno podrá solicitar la reposición o duplicado de los documentos anteriores, o bien los servicios que presta la institución, de acuerdo a la siguiente tabla de costos:
CONCEPTO |
COSTO |
TIEMPO DE ENTREGA |
REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DEL DOCUMENTO Y/O PRESTACIÓN DEL SERVICIO |
Examen de Admisión
(Incluye examen de conocimientos generales y psicométrico) |
$250.00 |
-------- |
Llenar solicitud en Servicios Escolares y entregar la documentación probatoria descrita en el inciso C) Inscripciones de este reglamento e inciso D) Reinscripciones para alumnos provenientes de otros planteles y subsistemas. |
Estudio Socioeconómico |
$750.00 |
-------- |
Seguir los lineamientos de la Convocatoria de Becas ver inciso E) Becas, punto 8 de este reglamento. |
Reposición de credencial |
$100.00 |
El mismo día que se solicita |
Se paga en la caja de la escuela y en este mismo lugar se recibe. Horario de Caja de 8:00 a 13:00 hrs. |
Duplicado de constancia de estudios y/o carta de conducta |
$300.00 |
Al siguiente día hábil de su solicitud |
Entregar el recibo correspondiente en Servicios Escolares. |
Certificación de Estudios Totales |
$300.00 |
20 días hábiles a partir de la fecha de solicitud |
Entregar el recibo correspondiente en Servicios Escolares y 3 fotos tamaño infantil, b/n, actualizadas, en papel mate, frente y orejas descubiertas, ropa clara y sin retoque |
Certificación Parcial de Estudios |
$300.00 |
20 días hábiles a partir de la fecha de solicitud |
Entregar el recibo correspondiente en Servicios Escolares y 3 fotos tamaño infantil, b/n, actualizadas, en papel mate, frente y orejas descubiertas, ropa clara y sin retoque |
Duplicado de Historial Académico
|
$300.00 |
03 días hábiles a partir de su solicitud. |
Entregar el recibo correspondiente en Servicios Escolares y 3 fotos tamaño infantil, b/n, actualizadas, en papel mate, frente y orejas descubiertas, ropa clara y sin retoque.
|
Examen extraordinario (incluye guía de estudios) |
$600.00 |
De acuerdo al calendario de aplicación |
Registrarse en Servicios Escolares. |
Constancia de examen extraordinario |
No tiene costo |
3 días después de la aplicación y revisión de las calificaciones extraordinarias |
Solicitarla en Servicios Escolares
|
Renta de casilleros |
$50.00 |
El alumno deberá traer su propio candado y llave. |
El pago es mensual. El BTLG, no se hace responsable del robo de la llave propiedad del alumno. |
Credencial |
$300.00 |
03 días hábiles a partir de su pago. |
Llenar solicitud en Caja. |
- Estos conceptos deberán ser pagados en efectivo, en la Caja de la Escuela, respetando el horario establecido de 8:00 a.m. a 13:00 p.m.
- Todo trámite quedará registrado mediante la entrega del recibo correspondiente en el área de Servicios Escolares de Preparatoria.
- Los Talleres Extraescolares Opcionales se cobrarán a parte teniendo como plazo de pago los 10 primeros días de cada mes. Estos talleres se abrirán siempre y cuando se reúnan un mínimo de 10 alumnos por taller, la información de los talleres a disposición que incluyen costos, horarios y calendarios será difundida a la comunidad estudiantil con al menos treinta días de anticipación al inicio del siguiente ciclo escolar.
22. DISPOSICIONES GENERALES
- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el órgano informativo de la Escuela.
- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente reglamento.
- Los casos no previstos en el presente reglamento los resolverá el Director, discrecionalmente, o se someterá al Consejo Directivo.
- El padre, madre o tutor de cada alumno acepta completamente el presente Reglamento al inscribir al alumno sobre quien ejerce la patria potestad en el BTLG.
- Con la aceptación de este reglamento, el padre, madre o tutor del alumno otorga su consentimiento al BTLG para llevar a cabo, en el momento en que la misma Institución lo determine, revisiones de “mochila segura”, con ayuda de las autoridades correspondientes, con el fin de evitar la introducción de drogas o de cualquier otra cosa que ponga en riesgo la integridad de los alumnos.
- Con la aceptación de este reglamento, el padre, madre o tutor del alumno está de acuerdo con la BTLG de practicar pruebas de detección de consumo de estupefacientes a sus hijos, ya sea por petición expresa de la BTLG o como profilaxis para el alumno. Resultados que serán compartidos con el Departamento de Psicopedagogía para seguimiento y, en su caso, rehabilitación.
- Todos los casos no contemplados por el presente reglamento serán resueltos por el Consejo de la CGLU.
Fecha: ________________________________________________________________________
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Nombre y Firma de aceptación por parte Nombre y Firma de aceptación por parte
del Padre, Madre o Tutor del alumno (a) del Alumno (a)